CREACION DE UN PROGRAMA DE GESTION RACIONAL Y USO EFICIENTE DEL AGUA EN EL PARTIDO DE AZUL

En la 3ª Sesión Ordinaria llevada a cabo el pasado mièrcoles 2 de Mayo, junto a Omar Norte y Pablo Zabalza impulsamos un Proyecto de Ordenanza proponiendo crear un Programa de Gestión Racional y Uso Eficiente del Agua en el Partido de Azul.
Atentos a la problemática del agua en el que se encuentran varios municipios de la Provincia de Buenos Aires y que el Partido de Azul no es ajena, es que generamos esta importante herramienta haciendo hincapié en la gestión de los recursos hídricos que deben tomar como base el ciclo natural del agua, considerando su preservación en óptimo estado como el mejor legado y garantía para las generaciones futuras.
La Ordenanza es de orden público e interés social y tiene por objeto establecer las reglas para el mejor aprovechamiento del agua y su uso más eficiente, promoviendo la “Cultura del Agua” incluyendo las acciones para prevenir y proteger las fuentes de agua para consumo humano, así como el monitoreo y control del cumplimiento de la Política establecida y la difusión de la misma en toda la comunidad en los términos de la Legislación Nacional y Provincial correspondientes, asimismo los Reglamentos que de ellas emanen, estableciendo como objetivos fundamentales:
a. Asegurar a largo plazo la cantidad y calidad de suministro a los ciudadanos, promoviendo el ahorro y la eficiencia en el consumo de agua con la aplicación de las mejores tecnologías disponibles.
b. Promover la reducción del consumo de agua.
c. Fomentar la utilización de recursos hídricos alternativos para aquellos usos que no requieran agua potable.
d. Fomentar la eficiencia en el uso del agua en las actividades industriales, comerciales y de servicios.
e. Fomentar la concienciación y sensibilización ciudadana sobre el uso racional del agua.
f. Aumentar el control en los casos necesarios sobre el riego de zonas verdes públicas y privadas.
g. Regular los vertidos a recoger y tratar en el sistema integral de saneamiento.
h. Regular las condiciones aplicables al sistema de saneamiento.
i. Asegurar la participación ciudadana en forma individual o colectiva y el ejercicio de los derechos y deberes ambientales (información, cuidado y responsabilidad por culpa personal o colectiva, denuncia y respuesta).

El Departamento Ejecutivo, en el marco de la Ordenanza queda facultado para coordinar y convenir con la Cooperativa Eléctrica de Azul Ltda., y otras autoridades de incumbencia, la instrumentación y aplicación de las normas determinadas en la norma, o en su caso, para actuar como organismo delegado del poder de policía de las mismas en todo lo que se relacione con el uso y aprovechamiento racional del recurso hídrico.
La Ordenanza crea la Comisión Asesora del Agua, integrada por representantes del Departamento Ejecutivo, del Honorable Concejo Deliberante, de la Universidad del Centro de la Pcia. de Bs. As. , el Instituto de Hidrología de Llanuras de Azul (IHLLA) e instituciones intermedias con injerencia en la materia.
Serán funciones de la Comisión Asesora del Agua permanente, a solicitud del Honorable Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo Municipal:
a. Asesorarlos en todo lo concerniente a la aplicación de la presente ordenanza y en los proyectos de ordenanzas, decretos o reglamentación referidos a la gestión racional del recurso hídrico.
b. Elaborar y participar de un programa de educación ambiental conforme los principios establecidos en el art. 2°, inciso e. del presente código.
c. Proponer iniciativas tendientes a la modificación o ampliación de la presente ordenanza o de su reglamentación.
d. Asesorarlos en la evaluación de nuevas tecnologías de cualquier índole respecto del consumo de los recursos hídricos.
e. Elaborar propuestas, estudios o trabajos como recomendación para el cumplimiento de los fines de la presente ordenanza.

El Departamento Ejecutivo reglamentará dentro de los 90 días de sancionada la Ordenanza las acciones puntuales que se deberán ejecutar para cumplimentar lo establecido en la ordenanza, teniendo en cuenta el Marco Regulatorio Provincial y contrato de concesión del servicio con la C.E.A.L.

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