La diputada del GEN Margarita Stolbizer viene insistiendo desde hace varios años con un proyecto de ley que pretende eliminar la prohibición para la actualización de las cuotas alimentarias, afectadas por la inflación. Finalmente se aprobó en la sesión de Diputados de hoy y pasará al Senado para dar sanción definitiva.
“El problema más grave de la economía para los argentinos es la inflación: por su persistencia, por su carácter indomable y por sus efectos sociales, especialmente en los sectores más vulnerables que no tienen mecanismos de defensa. Uno de esos impactos es el que sufren las mujeres que son las que mayoritariamente reclaman el valor de la cuota alimentaria para sostener a los hijos menores a su cargo. Con la prohibición actual, los jueces no pueden actualizar las cuotas. Entonces tienen que iniciar reclamos judiciales, lo que genera además de demoras, tensiones y conflictos familiares y una litigiosidad que llena los tribunales de pleitos que podrían y deberían evitarse.”
“Hablamos de una prestación alimentaria, que afecta el principio rector del “interés superior del niño”, según lo establecido por la Convención Internacional de los Derechos del Niño, recogido en la Ley de Protección Integral de los Derechos del Niño 26.061 vigente en nuestro país.”
“Debemos tener presente que estamos hablando de obligaciones alimentarias, que por su carácter y su finalidad responder al principio de respeto de los derechos humanos y deben permitir la atención de las necesidades del beneficiario para llevar adelante una vida digna y poder desarrollarse integralmente”.
Actualmente se cuenta con fallos que permiten la fijación de cuotas “escalonadas”, que es una forma de establecer una pauta de actualización encubierta; otros jueces han optado por imponer al progenitor obligado, el pago directo de determinados rubros, lo que, en los hechos, implica asumir su mayor costo pero que, en cualquier caso, no alcanza a resolver el problema del mayor costo de los gastos cotidianos, o compra de ropa o de comida. Pero en todos los casos ello sucede luego de recorrer el largo camino del proceso judicial de aumento de cuota alimentaria, debiendo entablar demanda, producir prueba -muchas veces dificultosa- y recibir sentencia. Es por demás conocida la lentitud de los procesos judiciales y, mientras tanto, el beneficiario de los alimentos que no puede procurárselos por sí mismo, es el afectado en sus derechos.
En nuestro país, donde el aumento de los precios es un problema constante en la vida de la población, muchos sectores sociales están amparados por distintos mecanismos, como los trabajadores lo hacen en sus paritarias, o la ley actualiza dos veces al año las jubilaciones, o lo hace el gobierno respecto de otras prestaciones a su cargo cuando sufren el retraso por la inflación.
Mediante esta propuesta, las cuotas alimentarias quedaran exentas de la prohibición de actualizar o indexar que pesa sobre todas las obligaciones de dar sumas de dinero.”