Diputado Santiago: “La actividad de los Terapistas Ocupacionales no está regulada en la Provincia”


Lo dijo el legislador Jorge Santiago (GEN-Progresistas) al presentar la iniciativa que adhiere a una Ley nacional, y da el marco general para ese ejercicio profesional.

El proyecto de Ley presentado por el Diputado Santiago, establece en su artículo 1º: “La Provincia de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional Nº 27051”, norma sancionada en el 2014, que regula la actividad profesional de los terapeutas ocupacionales, terapistas ocupacionales y licenciados en terapia ocupacional.

Cabe recordar que la Terapia Ocupacional se remonta a la Primera Guerra Mundial (1914-1918), y consistía en el tratamiento mediante actividades ocupacionales en psiquiatría y la rehabilitación de los heridos. En el año 1915, en Chicago, se crea la primera escuela de terapeutas ocupacionales, pero en los últimos cien años la Terapia Ocupacional ha crecido de manera imparable en la sociedad mundial.

Corresponde a una disciplina de las Ciencias de la Salud que se desarrolla en nuestro país desde el año 1959, con una demanda profesional-laboral en crecimiento permanente. “Por ello es necesario -fundamentó el legislador rojense- que se establezca una regulación para el ejercicio profesional de la Terapia Ocupacional dentro del territorio de la Provincia”.

Para el Diputado y actual Vicepresidente II de la Cámara baja, es muy contundente la definición que la Organización Mundial de la Salud (OMS) hace de la Terapia Ocupacional: “El conjunto de técnicas, métodos y actuaciones que a través de actividades aplicadas con fines terapéuticos, previene la enfermedad y mantiene la salud, favorece la restauración de la función, cumple las deficiencias incapacitantes y valora los supuestos del comportamiento y su significación profunda para conseguir la mayor independencia y reinserción posible del individuo en todos sus aspectos: laboral, mental, físico y social”.

Asimismo, el representante de la Segunda Sección en la legislatura recuerda que “se trata de un profesional especializado, que trabaja con personas de cualquier grupo etario y con diferentes problemas, con la finalidad de conseguir la máxima funcionalidad de la persona con algún tipo de limitación”.

Tras precisar que el campo de acción profesional de estos profesionales “abarca la rehabilitación de personas con discapacidad física (coordinación, alteraciones en brazos y manos, entre otras), de esparcimiento (alteraciones de las rutinas y hábitos de la vida diaria, etc) o psíquica (memoria, atención, pensamiento, entre otras)”, Santiago concluye: “El hombre es un ser activo, y cualquier restricción de alguna de sus funciones, junto a un ambiente inaccesible, puede crear una pérdida de roles significativos e impactando negativamente en su participación social y en el sentido de vida”.

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