Las mamparas en los bancos, un legado del caso Píparo

Las mamparas en los bancos, un legado del caso Píparo
Gerardo Milman

Clarín – Tras el crimen de Isidro, el bebé de Carolina Píparo, el diputado Gerardo Milman (GEN-FAP) presentó un proyecto que terminó convirtiéndose en la Ley de Seguridad Bancaria. Había 60 días para reglamentarla. Algunas medidas nunca se implementaron.

Mientras el empleado contaba sin ningún cuidado los dólares y los pesos, Carolina Píparo y su mamá trataban de tapar con el cuerpo la línea de la caja para que los clientes que estaban en la sucursal no llegaran a ver el dinero que estaban a punto de retirar. Pero no pudieron, o fue inútil, y el final fue trágico. El 29 de julio de 2010, a Carolina la marcaron, la siguieron y la balearon con 8 meses de embarazo para robarle. Ella estuvo al borde de la muerte y su hijo Isidro nació de urgencia y por cesárea. Una semana después, el bebé falleció. Dos meses exactos más tarde, el Congreso aprobó la Ley de Seguridad Bancaria.

Aquella ley, un proyecto del diputado del GEN Gerardo Milman, estableció que los bancos debían instalar mamparas o pantallas visuales que impidieran ver a los clientes mientras realizan una transacción por ventanilla. También, en los cajeros automáticos.

La norma instruyó además que se instalaran inhibidores o bloqueadores de las señales de celulares dentro de los edificios, con la salvedad de que no interfieran en las alarmas de seguridad, ni el funcionamiento de estos teléfonos afuera del banco. Y que el tesoro de las sucursales esté blindado con cemento y acero para resguardar los valores y las cajas de seguridad.

El Banco Central tenía 60 días de plazo para emitir las normas reglamentarias, pero recién lo hizo en enero de 2011.

La ley fue impulsada tras el ataque a Carolina Píparo, al salir de una sucursal del Banco Santander Río de La Plata. Casi tres años después de aquella primera medida general de “barreras visuales”, en abril pasado se conoció una nueva reglamentación del Banco Central obliga a los bancos a colocar mamparas individuales entre caja y caja para aislar a cada cliente con el cajero que lo está atendiendo del contiguo.

Los bancos tienen 90 días (hasta julio) para adecuar todas sus casas y sucursales a la nueva exigencia. Esa mampara también tendrá que ser colocada entre los cajeros, para que el cliente sólo pueda ser visualizado por la persona que lo está atendiendo y no por otros clientes. La medida busca reducir el riego de que quien está retirando dinero sea “marcado” por un empleado infiel o un usuario.

“Se deberá contar con barreras visuales para la protección de la privacidad de las transacciones en las líneas de caja, impidiendo totalmente la visualización”, dice la normativa A5412 del BCRA.

“Si bien la medida de las barreras visuales logró bajar las salideras bancarias, lo mejor sería una instalación definitiva de cabinas tipo ‘telefónicas’ para garantizar la absoluta reserva visual y auditiva”, explicó en ese entonces a Clarín el abogado Héctor Muzzio, ex gerente de seguridad del Banco Central y técnico superior en Seguridad Pública.

El diputado Milman advirtió que los bancos incumplen la Ley de Seguridad Bancaria. “Ahora el cliente que está haciendo una operación puede ser observado por otro que está al lado en otra caja. Hay ladrones que hacen la cola y van a la caja para marcar a sus víctimas. La nueva implementación va en el sentido correcto, aunque al hacerlo parcialmente –aún podría oírse lo que hablan cajero y cliente– sigue sosteniendo la seguridad del cliente a la buena de Dios”, aseguró Milman.

Una de las disposiciones que quedaron en la nada es la que limitaba el uso de celulares. La señal que inhibiera los teléfonos adentro de las sucursales nunca prosperó.

“El inhibidor de señal de celulares funciona perfectamente en el Penal N° 3 de Córdoba y se demostró que no afecta a nadie en la calle. No hay motivos reales para que los bancos no lo implementen. También se sigue incumpliendo con el tipo de blindaje de las bóvedas”, resaltó Milman, la medida que buscaba prevenir golpes de boqueteros.

PROCURAMOS FORMALIZAR UN ACUERDO CON OTRAS FUERZAS PROGRESISTAS

Gerardo Milman

El Diputado Nacional del GEN-FAP, y quien preside su fuerza en la Provincia de Buenos Aires, Gerardo Milman, anticipó la decisión de construir una alternativa al “kirchnerismo autoritario, corrupto, y a sus viudas”.

“Presentaremos una propuesta escuchando la voz de la sociedad que nos pide que sinteticemos una propuesta que comience en estas elecciones, y que cambie las formas y el contenido del gobierno en el 2015”.

Milman dijo: “Procuramos formalizar un acuerdo con la UCR, la Coalición cívica y otras fuerzas progresistas que nos den competitividad y coherencia. Hemos iniciado una campaña a la que llamamos ‘No Robarás’ que representa la transparencia para encontrar soluciones a la inflación, la inseguridad, y el saqueo de los funcionarios de este gobierno”.

Con respecto a la necesidad de una estrategia común para la hipótesis de la elección del Consejo de la Magistratura, Milman afirmó que “si los jueces no responden, es la política y la gente la que tiene que poner las cosas en su lugar”. El Legislador Nacional consideró que “puesta en riesgo la República, aceptaremos el desafío en tanto todos valoremos el lugar en el que las elecciones del 2011 nos colocó”.

PROYECTO PARA DEROGAR LA LEY DE CREACIÓN DE CÁMARAS DE CASACIÓN

Gerardo Milman

El Diputado Nacional del GEN-FAP, Gerardo Milman, presentó un Proyecto de Ley para la derogación de la ley 26.853 de creación de la Cámara Federal de Casación en lo contencioso administrativo federal, la Cámara Federal y Nacional de Casación del trabajo y la seguridad social, y la Cámara Federal y Nacional de Casación en lo civil y comercial.

Al respecto de la Ley sancionada dijo: “los fundamentos que dio el Poder Ejecutivo para avanzar con la creación de estas tres cámaras de casación fueron para que haya más equidad, celeridad en los procedimientos existentes y que haya uniformidad de criterios en cuanto a los que se aplica y la jurisprudencia, pero esta ley no contribuye a ninguno de los fines que anunciaron” y agregó que “esta ley no aporta ningún beneficio para los justiciables o para el servicio de justicia, lo que hará es que los procesos en lugar de tener un curso más expeditivo se extiendan aún más en el tiempo, afectando así los derechos de los ciudadanos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva , y a una justicia rápida y eficiente”.

El Legislador Nacional también afirmó que “estos derechos, a un debido proceso y a la tutela judicial efectiva están garantizados en nuestra Constitución Nacional y en varias Declaraciones y Pactos sobre los Derechos Humanos y Deberes del hombre, muchos de ellos con rango constitucional” y advirtió: “esta posibilidad de designar los jueces integrantes de las nuevas cámaras de casación sin dar cumplimiento con el debido proceso constitucional, afecta la garantía establecida por el artículo 18 de nuestra Constitución lo que se conoce como garantía del juez natural”.

PROYECTO PARA DECLARAR LA NULIDAD DE LA LEY DE REGULACIÓN DE CAUTELARES

Gerardo Milman - GEN - FAP

El Diputado Nacional del GEN-FAP, Gerardo Milman, presentó un proyecto de ley para que se declare la nulidad de la ley 26.854 de regulación de las medidas cautelares en las causas en las que el Estado o sus entes descentralizados sean parte.

Al respecto manifestó que “esta ley viola de manera manifiesta, ilegal y arbitraria el derecho a la tutela judicial efectiva”. Y que “con este proyecto se crean privilegios especiales a favor del Estado Nacional, impidiendo ejercer en su contra legítimos recaudos procesales de garantía del objeto reclamado, en procura de la tutela judicial efectiva. Es decir, se crea un fuero personal a favor del Estado, lo que nos retrograda en términos normativos a antes de la Revolución Francesa donde ciertamente no había democracia sino monarquía”.

Milman también dijo que “el efecto suspensivo que otorga a la apelación por parte del Estado de una medida cautelar que suspenda los efectos de un acto estatal, permitirá que aun cuando existe verosimilitud en la existencia de un gravamen irreparable por parte del Estado, el mismo sigue produciendo hasta tanto el recurso sea resuelto por la respectiva Cámara de Apelación”. Y agregó: “La Constitución Nacional incorporó entre otros tratados con jerarquía constitucional, la Declaración de Universal de Derechos Humanos, el Pacto de San José de Costa Rica y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que reconocen como garantía inalienable el de la tutela judicial efectiva que no se agota en la simple promoción de la demanda ante un tribunal independiente, imparcial, sino que incluye el dictado de una sentencia que pueda ser ejecutada. En tal sentido la Constitución también limita al Congreso de la Nación, impidiendo que le conceda al Poder Ejecutivo las facultades extraordinarias por las que ‘la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos’ calificando a quien lo haga con el título de ‘infames traidores a la patria’ y agrega que actos de esta naturaliza llevan una ‘nulidad insanable’”.

Para finalizar, anunció que a medida que se promulguen las leyes del paquete de la reforma judicial, presentará proyectos con la correspondiente nulidad.

PROYECTO DE LEY DE DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL

Gerardo Milman

Gerardo Milman, Diputado Nacional del GEN-FAP, presentó un Proyecto de Ley de delitos contra la seguridad vial.

El mismo reclama que se modifiquen, incorporen y deroguen algunos artículos y capítulos del Código Penal. Se pide que se modifique el artículo 84 del Código Penal para que sea reprimido con prisión de 6 meses a 5 años e inhabilitación especial, en su caso, por 5 a 10 años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte, profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, cause a otro la muerte.

El mínimo de la pena se elevará a dos años si hay más de una víctima fatal. También que se incorpore como artículo 84 bis el que especifica que será reprimido con prisión de 2 a 5 años e inhabilitación especial, en su caso, por 5 a 10 años el que por la conducción imprudente, negligente, inexperta o antirreglamentaria de un automotor, cause a otro la muerte. La pena será de 4 a 8 años de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena si se conduce a una velocidad superior a las permitidas mediante reglamentación según a la máxima establecida para autopista, semi autopista, ruta, avenida o calle, si el conductor tiene un nivel superior de alcoholemia al permitido, si se está inhabilitado para conducir por sanción penal, contravencional o pérdida de los puntos de la licencia, u otro tipo de inhabilitación o sanción aplicada por autoridades administrativas, y si el automotor carece de requisitos para su habilitación.

Sobre el proyecto que presentó, el Legislador Nacional Milman amplió: “La ley debe cambiar, para la ley vigente, conducir con un nivel de alcohol superior al permitido no es un agravante, así se demostró en los casos del hijo de Aliverti, y el hijo de Bárbara Durán. Para nosotros, esto debe tener una pena e inhabilitación especial por el doble de la condena que se dicte” y agregó: “También el proyecto incluye la figura de conducta imprudente como aquella que pone en riesgo la salud o la vida de las personas, y que causaren lesiones o muertes, con los correspondientes tipos penales y el consecuente agravamiento de la pena. También impone una punición más severa en los casos que tanto en el homicidio o en las lesiones para los casos en que se conduzca a una velocidad superior a la permitida. Con esta reforma se prevé la pena de inhabilitación especial para conducir y prestación de servicios comunitarios para quien causare la muerte o lesiones con un nivel superior de alcohol en sangre al establecido por ley”.

Milman dijo: “En el año 2012, según la Asociación Luchemos por la vida, se registraron 7.485 muertes por accidentes de tránsito en la República Argentina. Esto significa 624 muertes por mes, es decir, 21 por día. Si las comparamos con las estadísticas de los países desarrollados, las nuestras son aproximadamente seis veces mayores, por ejemplo la Dirección General de Tránsito Española ha registrado en idéntico periodo, 1304 víctimas mortales” y agregó “España logró reducir sus víctimas en un 60% en 5 años porque diagramaron un plan que trabajaba sobre distintas cuestiones como el registro único de conductores y vehículos en el país, pusieron policía de tráfico profesionalizada, e incluyó una reforma penal”.